COMUNIDAD NACIONAL Y MERECUMBÉ
Artículo de SANTIAGO GONZÁLEZ en “El Correo” del 21/12/2004
Por su interés y relevancia, he seleccionado el artículo que sigue para incluirlo en este sitio web. (L. B.-B.)
Me va a permitir, mi señor Zapatero que le
exprese mi perplejidad por ese concepto de 'comunidad nacional' que sus
compañeros vascos han puesto en el frontispicio de su nuevo proyecto estutario y
que está llamado a sustituir el concepto 'nacionalidades' en el artículo 2º de
la Constitución, gracias a una aportación del profesor Rubio Llorente,
presidente del Consejo de Estado, que, según explicaba en 'El País', se
considera a sí mismo «capaz de bailar con cierto decoro la cumbia, la salsa y el
merecumbé».
La 'comunidad nacional' es una idea con pasado. Está en el franquismo, por
supuesto. Florencio Domínguez señalaba ayer aquí su presencia en los artículos
4º, 5º y 6º de la Ley de Principios del Movimiento. También está en el artículo
1º del Fuero de los Españoles: «El Estado español proclama como principio rector
de sus actos el respeto a la dignidad, la integridad y la libertad de la persona
humana, reconociendo al hombre, en cuanto portador de valores eternos y miembro
de una comunidad nacional, titular de deberes y derechos, cuyo ejercicio
garantiza en orden al bien común». Y en otras Leyes Fundamentales: el Fuero del
Trabajo, de 9 de marzo de 1938; la Ley Constitutiva de Las Cortes, de 17 de
julio de 1942 y la Ley Orgánica del Estado de 1 de enero de 1967.
Con esto bastaría para explicar mi desazón: ¿Y dice usted que vamos a mejorar el
artículo 2º de la Constitución y el Estatuto de autonomía gracias a un injerto
conceptual del Fuero de los Españoles? Pues aún hay más.
El programa fundamental del Partido Obrero Alemán de 1920, antecedente inmediato
del Partido Nazi (NSDAP), establecía en su artículo 4º: «No puede ser ciudadano,
sino quien posee la cualidad de miembro de la comunidad nacional. No puede serlo
sino quien tiene sangre alemana, cualquiera que sea su confesión. Ningún judío,
consecuentemente, podrá ser miembro de la comunidad nacional». El propio Adolf
Hitler explicaba el sindicalismo nazi de esta manera: «los trabajadores Nacional
Socialistas y los empleadores Nacional Socialistas son ambos sirvientes y
guardianes de la totalidad de la comunidad nacional». También emplean la
expresión Mussolini, José A. Primo de Rivera y Ramiro Ledesma Ramos. «Como
respuesta al Estado clasista proponemos el Estado de Comunidad Nacional», reza
el manifiesto del Movimiento Revolucionario Nacional-Sindicalista de Chile,
fundado en 1949. La Constitución de Pinochet (11-09-1980) aboga en su artículo
1º por garantizar «a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad
nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a
los derechos y garantías que esta Constitución establece». Rubio es un gran
catedrático de Derecho Constitucional, pero ese día debía de tocarle merecumbé .