EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y EL ESTATUTO CATALÁN
Editorial
de “El Imparcial” del 17-08-2009
El
ministro de justicia Francisco Caamaño manifestó que es normal que el Tribunal
Constitucional no haya dictado una sentencia definitiva sobre el Estatuto de
Cataluña después de tres años de presentado el recurso de inconstitucionalidad.
Pero el caso es que mientras, Cataluña se conduce aplicando un Estatuto que aún
no ha sido resuelto. La forma en que el Tribunal Constitucional está actuando
parece, sin embargo, denotar una ineficiencia notable, quizá no tanto debido a
la negligencia, sino al temor de asumir su responsabilidad como órgano judicial
y evadir un posible enfrentamiento político.
El TC
ha emitido opiniones y se ha involucrado en un debate que parece más indicado
para una ponencia constituyente, que adecuado a un organismo judicial. Si
tiempos, formas y opiniones que nos han ido llegando en estos años son
indicativas de algo, este comportamiento vulneraría la necesaria división de
poderes que garantiza el equilibrio en una democracia porque nos dejaría
huérfanos de una institución de control y salvaguarda vital. Y, a tenor de
algunas opiniones, se diría que se busca reformar la Constitución a semejanza
del Estatuto de Cataluña, en vez de que fuera lo contrario.
El
panorama no es tranquilizador. Demasiados partidos e instituciones en Cataluña
parecen comportarse como otro estado, por encima de otras comunidades
autonómicas, imponiendo una relación bilateral con el Estado. Y la izquierda
que preside el señor Zapatero produce la impresión de un grupo que ha perdido
sus señas de identidad ideológica y dimitido de su condición frente al nacionalismo.
El
borrador final de la sentencia sobre el Estatuto, que supuestamente se compone
de cientos de páginas, parece estar listo en el Tribunal Constitucional. Esto
hace pensar que la resolución no será clara sino interpretativa y que acarreará
litigios sin cuento y que quizá pueda dar pretexto a interpretaciones que
impliquen un cambio constitucional. Un Tribunal Constitucional no es un órgano
deliberativo ni consultivo. Está para emitir una sentencia sucinta, clara y
contundente, determinando sencillamente si el texto en cuestión, o parte del
mismo, es acorde con los principios de la Constitución o no, y explicar con
precisión y brevedad el porqué, sin cabildeos ni cálculos políticos. Ese es su
papel. Pase lo que pase. Para opiniones, negociaciones y transacciones hay
otras instancias políticas más adecuadas, democráticas y eficaces. Lo que la
opinión pide de los magistrados del alto tribunal es respeto a sí mismos, a su
condición profesional, imparcialidad y sentido del Estado. El oportunismo político
no es su negociado. Bastaría con que pensaran cómo actuarían sus colegas de
profesión en Francia, Alemania o los EE.UU., fueran sus simpatías políticas las
que fueren, como para que comprendieran y cumplieran con la enorme
responsabilidad que tienen asignada.