LA DEMOLICIÓN
DEL ESTATUT
Artículo de
Luis Míguez Macho en “El Semanal
Digital” del 17 de julio de 2010
Por su interés y relevancia he
seleccionado el artículo que sigue para incluirlo en este sitio web.
Ya
sé que es un entretenimiento un poco extraño para una tarde de verano, pero me
he estado leyendo los 234 folios de fundamentos jurídicos de la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el nuevo
Estatuto de Autonomía de Cataluña (con antecedentes y votos particulares
son en total 881 folios), y creo que es hora de explicar al lector por qué los
nacionalistas catalanes (entre los que incluyo al PSC de Montilla) se han puesto como hidras
pese a que, según cierta prensa de Madrid, "la sentencia avala la mayor
parte del Estatut".
Un Estatuto de Autonomía no puede darle órdenes al
Estado
En un artículo anterior, escrito cuando sólo se conocía
el fallo y no el contenido íntegro de la sentencia, ya había adelantado la
trascendencia que tiene ésta al negar que, en el plano constitucional, pueda
haber más nación que la española, lo que le llevaba a privar de todo valor
jurídico, incluso el meramente interpretativo, a las referencias del nuevo
Estatuto al supuesto carácter nacional de Cataluña. Ahora tengo que añadir que
la sentencia deja claro que el autogobierno catalán no tiene otro fundamento
que la Constitución y desmonta por completo el intento de convertir el Estatuto
de Autonomía en una norma materialmente constitucional que determinaría no sólo
las competencias de la Comunidad autónoma, sino también las estatales, y que
impondría concretos compromisos y obligaciones jurídicas al Estado sobre cómo
tiene que ejercer sus competencias, sobre la composición y funcionamiento de
sus órganos e instituciones y hasta sobre el contenido de las leyes de
presupuestos generales.
Así, todos los artículos del nuevo Estatuto catalán que intentan "blindar"
las competencias de la Comunidad autónoma imponiendo límites a las competencias
estatales son reinterpretados por el Tribunal Constitucional en el sentido de
que esos límites carecen de cualquier eficacia frente al legítimo ejercicio por
el Estado de las competencias que le atribuye directamente la Constitución. Y
cada una de las cláusulas estatutarias que intentan decirle al Estado cómo
tiene que ejercer sus competencias, cómo tiene que organizar sus instituciones
o cuánta financiación le tiene que destinar a la Comunidad autónoma de Cataluña
quedan igualmente privadas de fuerza jurídica vinculante.
De ahí la nueva estrategia planteada por los nacionalistas catalanes y que el
presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, se acaba de comprometer a
acatar en el debate sobre el estado de la nación, consistente en promover las
reformas legislativas necesarias para acoger esas cláusulas del Estatuto
privadas de fuerza vinculante por el Tribunal Constitucional. Sobre esto son
necesarias dos precisiones.
La primera es que será muy difícil formular esas reformas sólo para la
Comunidad autónoma de Cataluña. Al tratarse de leyes estatales, como la Ley
orgánica del Poder judicial, si se modifican, se tendrán que modificar para
todas las Comunidades autónomas, a no ser que se pretenda supeditar las
innovaciones que se introduzcan a la existencia de cláusulas estatutarias que
las prevean, pero esa discriminación entre Comunidades autónomas podría dar
lugar a un conflicto territorial de dimensiones inasumibles.
La segunda precisión es que, mientras el Estado no puede modificar
unilateralmente un Estatuto de Autonomía, sí puede cambiar cuando le parece oportuno las leyes que él mismo dicta. Por tanto,
todo lo que haga Rodríguez Zapatero para sortear la sentencia
podrá ser revertido por el PP (que, no lo olvidemos, no fue invitado al pacto
político que dio lugar al nuevo Estatuto catalán) cuando vuelva al poder, si
tiene la fuerza parlamentaria suficiente.
Los catalanes tienen los mismo
derechos y deberes que el resto de los españoles, incluidos los lingüísticos
Pero la sentencia no se limita sólo a salvaguardar la posición del Estado en
nuestro sistema autonómico. También desmonta la pretensión de convertir el
Estatuto en una Constitución encubierta por la vía de establecer un régimen de
derechos, deberes y libertades para los catalanes distintos al del resto de los
españoles, con un fantasmal "Consejo de Garantías Estatutarias" como
remedo de Tribunal Constitucional.
Los derechos recogidos en el nuevo Estatuto son reinterpretados de tal manera
que sólo vinculan al legislador autonómico, y de una manera muy poco efectiva,
porque no hay medio alguno de enjuiciar una ley autonómica por vulneración del
Estatuto de Autonomía, salvo en los aspectos competenciales. El dictamen
vinculante del Consejo de Garantías Estatutarias al que las iniciativas
legislativas autonómicas quedaban supeditados en
ciertos casos es declarado inconstitucional y anulado, con lo que ese órgano
queda reducido a funciones puramente consultivas.
Con todo, lo más importante es la reconstrucción del régimen lingüístico que
lleva a cabo la sentencia, en tres puntos esenciales. Primero, el Tribunal
Constitucional reafirma su jurisprudencia según la cual no se puede imponer el
deber de conocimiento de las lenguas regionales cooficiales como deber jurídico
exigible individualmente a los ciudadanos, lo que conlleva que no es posible
obligar desde el Estatuto a comerciantes y empresarios a atender a los clientes
en catalán. Segundo, declara inconstitucional el intento de convertir el
catalán en lengua de uso "preferente" en la Administración y
reinterpreta las referencias a su uso "normal" en el sentido de que
no puede suponer, como ahora ocurre (y no sólo en Cataluña), la limitación del
uso del castellano a supuestos totalmente excepcionales. Tercero, sobre el
carácter vehicular del catalán en la enseñanza señala que "es
constitucionalmente obligado que las dos lenguas cooficiales sean reconocidas
por los poderes públicos competentes como vehiculares, siendo en tales términos
los particulares titulares del derecho a recibir la enseñanza en cualquiera de
ellas" (fundamento jurídico 24).
Sólo falta que tan encomiable doctrina se aplique con todo rigor y coherencia
cuando llegue el momento de dictar sentencia sobre la nueva ley de educación
catalana, recurrida ante el Tribunal Constitucional por el PP.
El verdadero alcance de la sentencia y el papel de
la presidenta del Tribunal Constitucional
Hay otros puntos de la sentencia que se podrían mencionar, como el freno al
enésimo intento de los nacionalistas catalanes de suprimir la provincia como
entidad local, esta vez sustituyéndola por "veguerías", pero creo que
no es necesario extenderse más para que el lector entienda que el resultado es la
demolición del nuevo Estatuto, que queda convertido, por vía de
reinterpretación de buena parte de sus artículos, en una cáscara vacía, en un
documento de carácter esencialmente programático privado de fuerza jurídica
vinculante.
En el fallo se anulan parcialmente 16 preceptos y se someten a interpretación
unos 30, pero en realidad son más de cien los artículos reinterpretados por el
Tribunal: casi todos los impugnados por el PP, que bien podría estar
celebrando con champán la sentencia, sino fuera porque hay que ser discretos y
dejar que se cuezan en su salsa los nacionalistas promotores del disparate y el
insensato de La Moncloa que lo avaló, junto con los que le ríen las gracias.
Un último comentario en relación con esto. La sentencia, a mi
entender, no es mala, ni mucho menos, pero la presidenta del Tribunal
Constitucional, María Emilia Casas Baamonde, es responsable de una
granujada política que no se puede pasar por alto: la ocultación deliberada en
el fallo de la sentencia del verdadero alcance de la misma, para salvar la cara
al gobierno. Es inaceptable y arbitrario que no se hayan llevado al fallo todos
y cada uno de los preceptos del Estatuto que han sido objeto de
reinterpretación y que, como ya he dicho, son muchísimos más que los recogidos
expresamente en aquél.
¿Qué les queda ahora a los nacionalistas catalanes? Todas sus ridículas
proclamas se han quedado en una manifestación que ya ha pasado y pronto se
desvanecerá en el olvido. Podrían provocar la caída del gobierno, pero no lo
harán. Si por una vez actuasen leal y abiertamente, deberían proponer la
reforma constitucional, pero tampoco lo harán: preferirán seguir enredando por
detrás. En definitiva, volvemos al punto de partida, después de cuatro años de
inútil convulsión territorial dirigida en exclusiva a dar satisfacción a una
oligarquía insaciable que sólo piensa en acrecentar sus privilegios
clientelares y de la que la mayoría de los españoles estamos sencillamente
hartos.